{"id":685,"date":"2025-04-25T00:00:00","date_gmt":"2025-04-25T00:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/cordoba.gob.mx\/blog\/?p=685"},"modified":"2026-02-06T20:35:55","modified_gmt":"2026-02-06T20:35:55","slug":"26-de-abril-de-1618-entre-la-cronica-narrativa-de-rodriguez-y-valero-y-el-documento-testimonial-ubicado-en-el-archivo-historico-de-cordoba","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/cordoba.gob.mx\/blog\/26-de-abril-de-1618-entre-la-cronica-narrativa-de-rodriguez-y-valero-y-el-documento-testimonial-ubicado-en-el-archivo-historico-de-cordoba\/","title":{"rendered":"26 de abril de 1618: entre la cr\u00f3nica narrativa de Rodr\u00edguez y Valero y, el documento testimonial ubicado en el archivo hist\u00f3rico de C\u00f3rdoba"},"content":{"rendered":"\n<p><strong>Mar\u00eda Luisa Martell Contreras<br>Mtra. en Antropolog\u00eda Sociocultural<\/strong><br><br>A 407 a\u00f1os de la fundaci\u00f3n de la Villa de C\u00f3rdoba, uno de los referentes iniciales que da cuenta del proceso fundacional y desarrollo preliminar de este establecimiento sigue siendo, Jos\u00e9 Antonio Rodr\u00edguez y Valero autor de la \u201cCartilla Hist\u00f3rica y Sagrada, descripci\u00f3n de la Villa de Cordova y Gobierno de su Santa Iglesia Parrochial\u201d; obra impresa en 1759 por la entonces Bibliotheca Mexicana, creada por el padre Juan Jos\u00e9 de Eguiara y Eguren. En las p\u00e1ginas n\u00famero dos y tres de la obra de Valero, correspondiente al (cito) <em>\u201cParagrapho I. Del motivo que tuvo para la Fundacion de la Villa de Cordova; y noticia de sus treinta pobladores\u201d<\/em>, el autor se\u00f1ala las motivaciones para establecer esta fundaci\u00f3n poniendo \u00e9nfasis en los ataques de las \u201ctropas de negros cimarrones\u201d, que vulneraban a los viajeros que transitaban en el camino hacia el altiplano, a la vez que destaca las condiciones ben\u00e9volas tanto de clima como de recursos naturales, del lugar (y sus alrededores) en el que se pretend\u00eda fundar la Villa, para la seguridad de los transe\u00fantes. Posterior a la autorizaci\u00f3n del Virrey Diego Fern\u00e1ndez de Cordova para fundar la villa, Rodr\u00edguez y Valero se\u00f1ala en su escrito a los treinta fundadores que se requirieron, para crear este establecimiento, acorde a lo se\u00f1alado en las Ordenanzas reales de 1573. <br><br>De estos treinta fundadores, de los cuales se sabe en un inicio no se juntaron en su totalidad, fueron solamente diecisiete (mencionados tambi\u00e9n por el autor) qui\u00e9nes participan en la constituci\u00f3n del primer cabildo el 26 de abril de 1618, en la ceremonia celebrada en Amatl\u00e1n. Siguiendo la lectura de Rodr\u00edguez y Valero, en \u201cel antiguo Pueblo de Amatl\u00e1n de los Reyes\u201d reconocido por la villa de Cordova \u201cpor su gloriosa cuna\u201d, al ser el lugar en donde se dan las primeras disposiciones de su proceso fundacional conforme a las pr\u00e1cticas administrativas del momento; los fundadores y el juez comisario Francisco Soto Calder\u00f3n, alcalde mayor del pueblo de San Antonio Huatusco, posteriormente a la celebraci\u00f3n de una misa cantada que (cito) <em>\u201csolemnizaron en aquella Iglesia, con la pompa m\u00e1s plausible, que pudieron\u201d<\/em>; proceden al nombramiento de los cuatro primeros regidores. Al respecto y, como parte de las investigaciones que he realizado en documentos digitalizados de nuestro acervo hist\u00f3rico, cabe se\u00f1alar que se localiz\u00f3 el documento (que incluye la firma de algunos de los fundadores) en d\u00f3nde se relata la constituci\u00f3n de este primer cabildo; en el Vol. 7 a\u00f1o 1619, del que tambi\u00e9n llev\u00e9 a cabo la transcripci\u00f3n paleogr\u00e1fica (del castellano antiguo al espa\u00f1ol actual) para su comprensi\u00f3n y divulgaci\u00f3n. <br><br>En ese sentido, el referido documento advierte otros datos que si bien, no son se\u00f1alados por Rodr\u00edguez y Valero; complementan la narraci\u00f3n contenida en su Cartilla Hist\u00f3rica. El primer aspecto a destacar es el relativo a la votaci\u00f3n (\u201ccom\u00fan sufragio\u201d como menciona Valero) en t\u00e9rminos de que en el documento hallado, se establece (cito)<em>\u201cel nombrar y elegir regidores y alcaldes y dem\u00e1s oficiales con el formal dicho t\u00edtulo por el tiempo que resta de este a\u00f1o y hasta el primero de enero de seiscientos y diez y nueve que se hagan nuevas elecciones\u2026\u201d<\/em>, lo cual significar\u00eda que el primer cabildo constituido, de acuerdo a este se\u00f1alamiento, estar\u00eda en funci\u00f3n ocho meses hasta la pr\u00f3xima elecci\u00f3n. De igual manera, los aspectos religiosos que formaron para de este acto solemne, son descritos en el documento hist\u00f3rico cuando se menciona, previo al proceso de votaci\u00f3n (cito) <em>\u201cpara el dicho efecto mand\u00f3 se congregasen en la iglesia de dicho pueblo como lo hicieron y oyeron una misa del esp\u00edritu santo como se acostumbra en semejantes elecciones y dicha la misa se fueron al lugar se\u00f1alado para hacer el dicho cabildo y el dicho juez mand\u00f3 a sentar en unos asientos que estaban puestos para este efecto a los fundadores\u2026\u201d <\/em>Es necesario destacar que, al menos en este documento, no se menciona ninguna choza acondicionada como sala capitular, ni asientos de piedra y madera; como se ha referido en algunas menciones. <br><br>Una vez realizado el proceso de votaci\u00f3n, tanto para los cuatro regidores como para los alcaldes y ordinarios, se menciona lo siguiente (cito)<em>\u201c\u2026y visto por el dicho juez y Alcalde mayores le parecieron personas decanas capaces y suficientes para los dichos oficios y por tales los aprobaron en nombre de su majestad y en las varas de justicia en las cruces pusieron sus manos derechas y juraron a Dios y a la cruz en forma de Dios de que usar\u00edan bien y rectamente sus oficios y har\u00edan justicia a las partes y dijeron lo cumplir\u00edan y se les entregaron las bases de la justicia\u201d<\/em> Otro dato m\u00e1s que se puede encontrar en la relator\u00eda de este documento tiene que ver con la designaci\u00f3n de un escribano, al respecto, esto es lo que se describe (cito) <em>\u201cel dicho juez propuso al dicho cabildo la elecci\u00f3n de un escribano\u2026y fueron votando los dichos regidores alcaldes y fundadores y por m\u00e1s votos sali\u00f3 electo por escribano Joan de Miranda\u2026\u201d<\/em> El documento finaliza con la r\u00fabrica del alcalde mayor Francisco de Soto Calder\u00f3n, Francisco de Salcedo, siete de los fundadores que estuvieron presentes; as\u00ed como del escribano Joan Peinado, nombrado para referir tal evento.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Mar\u00eda Luisa Martell ContrerasMtra. en Antropolog\u00eda Sociocultural A 407 a\u00f1os de la fundaci\u00f3n de la Villa de C\u00f3rdoba, uno de los referentes iniciales que da cuenta del proceso fundacional y desarrollo preliminar de este establecimiento sigue siendo, Jos\u00e9 Antonio Rodr\u00edguez y Valero autor de la \u201cCartilla Hist\u00f3rica y Sagrada, descripci\u00f3n de la Villa de Cordova [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":687,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[7],"tags":[],"class_list":["post-685","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-memoria-historica-participativa"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/cordoba.gob.mx\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/685","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/cordoba.gob.mx\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/cordoba.gob.mx\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/cordoba.gob.mx\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/cordoba.gob.mx\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=685"}],"version-history":[{"count":3,"href":"https:\/\/cordoba.gob.mx\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/685\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":702,"href":"https:\/\/cordoba.gob.mx\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/685\/revisions\/702"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/cordoba.gob.mx\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media\/687"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/cordoba.gob.mx\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=685"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/cordoba.gob.mx\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=685"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/cordoba.gob.mx\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=685"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}