{"id":700,"date":"2025-02-05T00:00:00","date_gmt":"2025-02-05T00:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/cordoba.gob.mx\/blog\/?p=700"},"modified":"2026-02-06T20:40:21","modified_gmt":"2026-02-06T20:40:21","slug":"la-constitucion-politica-de-1857-y-de-1917","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/cordoba.gob.mx\/blog\/la-constitucion-politica-de-1857-y-de-1917\/","title":{"rendered":"La Constituci\u00f3n pol\u00edtica de 1857 y de 1917"},"content":{"rendered":"\n<p><strong>Mar\u00eda Luisa Martell Contreras<br>Mtra. En Antropolog\u00eda Sociocultural<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La importancia de una constituci\u00f3n pol\u00edtica radica en ser un instrumento legal que establece y regula los aspectos m\u00e1s elementales que rigen a la sociedad, en t\u00e9rminos de convivencia, derechos humanos, garant\u00edas individuales, formas de Estado y de gobierno, sus atribuciones, etc. De igual manera, establece la base del sistema jur\u00eddico y reglamenta las relaciones entre las y los ciudadanos y, las instituciones. En el caso de nuestro pa\u00eds, cada 5 de febrero conmemoramos la promulgaci\u00f3n de las dos constituciones pol\u00edticas que nos han regulado como sociedad: la de 1857 y la de 1917.<\/p>\n\n\n\n<p>La Constituci\u00f3n de 1857 fue resultado del trabajo en conjunto del Congreso constituyente de la \u00e9poca (1856-1857), qui\u00e9nes eligieron como redactor principal de este proyecto al presidente del mismo, Ponciano Arriaga. Esta nueva generaci\u00f3n de diputados, muchos de ellos liberales puros, conocida como la \u201cGeneraci\u00f3n del 57\u201d, partieron de la idea de cortar de ra\u00edz cualquier indicio o elemento asociado al viejo r\u00e9gimen colonial; de tal forma que, elaboraron este instrumento normativo integrado por ocho t\u00edtulos y ciento veinte art\u00edculos, que ten\u00edan como prop\u00f3sito garantizar los derechos del hombre y la soberan\u00eda nacional.<\/p>\n\n\n\n<p>Acorde a este proyecto se dividieron los poderes de la naci\u00f3n en: Ejecutivo, Legislativo y Judicial, depositando el Legislativo en el Congreso de la Uni\u00f3n (C\u00e1mara de Diputados) y, el Poder Judicial qued\u00f3 integrado por tres departamentos: Suprema Corte de Justicia y los tribunales de circuito y de distrito. Asimismo, se suprimieron las alcabalas, que eran una renta real que se cobraba sobre el valor de todas las cosas (muebles, inmuebles e incluso, ganado y esclavos) y, las aduanas interiores (puntos de control comercial establecidos al interior del territorio, en lugares estrat\u00e9gicos). La Constituci\u00f3n de 1857 marc\u00f3 una nueva \u00e9poca en cuanto a los derechos de las y los ciudadanos puesto que se instituy\u00f3 el derecho de la propiedad, la libertad de ense\u00f1anza, pensamiento, asociaci\u00f3n, imprenta, trabajo y comercio. De igual manera, a trav\u00e9s de este documento se estableci\u00f3 la abolici\u00f3n de la esclavitud, la libertad de expresi\u00f3n y, se abri\u00f3 la posibilidad para la libertad de culto. Transcurridos sesenta a\u00f1os, el 5 de febrero de 1917, el entonces presidente de la Rep\u00fablica Venustiano Carranza, promulga la Constituci\u00f3n de 1917 que es, la que a\u00fan nos rige. Esta constituci\u00f3n ten\u00eda como prop\u00f3sito pacificar al pa\u00eds y poner fin a la lucha armada revolucionaria. Fue considerada como vanguardista y un ejemplo a nivel internacional, dado que fue la primera que incorpor\u00f3 los derechos sociales en su conformaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Esta Carta Magna, nombre con el cual tambi\u00e9n se le reconoce, estaba integrada por nueve t\u00edtulos dentro de los cuales destacan los siguientes art\u00edculos: 3 en materia de educaci\u00f3n, 27 sobre reforma agraria, 28 que proh\u00edbe los monopolios, 123 que establece los derechos laborales y, 130 que regula las relaciones entre el Estado y la Iglesia. De igual forma, esta constituci\u00f3n estableci\u00f3 un sistema federal, la separaci\u00f3n de poderes y la no reelecci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Tanto la constituci\u00f3n de 1857 como la de 1917, representan un gran paso en cuesti\u00f3n de garant\u00edas sociales y el fortalecimiento de las instituciones en M\u00e9xico y, aunque nuestra constituci\u00f3n sigue teniendo en la actualidad reformas, acorde a los cambios que vamos experimentando como sociedad; es el documento que nos brinda el marco legal para visibilizar, reconocer y proteger muchos de los derechos con los que contamos en el presente.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Mar\u00eda Luisa Martell ContrerasMtra. 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