{"id":731,"date":"2024-06-06T21:08:00","date_gmt":"2024-06-06T21:08:00","guid":{"rendered":"https:\/\/cordoba.gob.mx\/blog\/?p=731"},"modified":"2026-02-11T21:11:28","modified_gmt":"2026-02-11T21:11:28","slug":"el-documento-firmado-por-el-marques-de-guadalcazar-para-fundar-la-villa-de-cordoba","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/cordoba.gob.mx\/blog\/el-documento-firmado-por-el-marques-de-guadalcazar-para-fundar-la-villa-de-cordoba\/","title":{"rendered":"El documento firmado por el Marqu\u00e9s de Guadalcazar para fundar la villa de C\u00f3rdoba"},"content":{"rendered":"\n<p><strong>Mar\u00eda Luisa Martell Contreras<br>Mtra. en Antropolog\u00eda Sociocultural<br>Cronista Municipal de C\u00f3rdoba<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En el archivo hist\u00f3rico municipal se albergan 3 documentos sobre la Fundaci\u00f3n de C\u00f3rdoba. Dos de estos documentos no cuentan con firmas al calce. S\u00f3lo uno de ellos cuenta con firmas aut\u00f3grafas y fue signado por el Marques de Guadalcazar, Don Diego Fern\u00e1ndez de Cordova, virrey de la Nueva Espa\u00f1a y, por el escribano de la \u00e9poca, Mart\u00edn L\u00f3pez de Gauna; en fecha 29 de noviembre de 1617. Este documento signado otorga la licencia para la fundaci\u00f3n de la nueva Villa de C\u00f3rdoba, como se constata en la caligraf\u00eda del mismo documento.<\/p>\n\n\n\n<p>Uno de los pasajes que forman parte de la narrativa de la fundaci\u00f3n de la villa de C\u00f3rdoba es el relativo al permiso expedido por la corona espa\u00f1ola a trav\u00e9s del entonces virrey de la Nueva Espa\u00f1a, Don Diego Fern\u00e1ndez de Cordova, Marqu\u00e9s de Guadalcazar (en los documentos hist\u00f3ricos marques aparece sin acento). De ese evento queda constancia en nuestro archivo hist\u00f3rico, tal y como ha sucedido con otros acontecimientos de la ciudad. En su obra El Cant\u00f3n de C\u00f3rdoba de 1892, el Dr. Enrique Herrera Moreno, alude al documento relacionado con el permiso para la fundaci\u00f3n de la villa. Al inicio del ap\u00e9ndice de documentos del tomo II de su libro, incluye la transcripci\u00f3n completa de este escrito, a la cual el autor agrega una nota al pie, cito textual: \u201cHa sido copiado este documento de un testimonio en papel sellado que existe en el Archivo municipal, tomo correspondiente \u00e1 los T\u00edtulos de la Fundaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>En el mismo volumen se halla otro testimonio, de fecha anterior, del mismo documento. Hemos preferido aquel de que damos copia, en virtud de estar menos destruido por el tiempo; la comparaci\u00f3n nos ha servido, sin embargo, para poder leer palabras que de otro modo ser\u00edan ilegibles\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Como puede observarse, este documento fue tomado de una de las copias (elaboradas por escribanos de la \u00e9poca) existentes en nuestro acervo y que, as\u00ed como lo menciona Herrera Moreno, cuenta con un sello impreso en el margen superior izquierdo, acompa\u00f1ado de la siguiente leyenda: \u201cSello Segundo. Doce reales. A\u00f1os de Mil setecientos noventa y ocho y noventa y nueve\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>El documento en s\u00ed forma parte del volumen III a\u00f1os 1618-1802, compilado por Jos\u00e9 Ram\u00f3n Reyes en 1825, como se se\u00f1ala en la car\u00e1tula del mismo. De igual forma, otro documento que aborda la misma tem\u00e1tica y en el cual se puede apreciar una caligraf\u00eda m\u00e1s antigua se haya en el volumen II a\u00f1o 1618 y que, a diferencia del anterior, no cuenta con ning\u00fan sello ni encabezado.<\/p>\n\n\n\n<p>Ambos ejemplares comparten un \u00fanico elemento que es, una nota anexa al margen izquierdo haciendo referencia al t\u00edtulo de la fundaci\u00f3n. Al respecto, en ninguno de los documentos citados pudieron observarse firma o firmas que acompa\u00f1aran estos escritos, salvo la nota que ya se mencion\u00f3 (y solo un par de r\u00fabricas en el primer documento se\u00f1alado); a pesar de la importancia del documento a trav\u00e9s del cual se concede el permiso para fundar la villa de C\u00f3rdoba, como se se\u00f1ala en la anotaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>En ese tenor, durante las investigaciones realizadas, se hall\u00f3 otro documento m\u00e1s, que aborda el mismo tema y que, a pesar del tiempo a\u00fan conserva en buen estado la \u00faltima p\u00e1gina, que se considera de gran valor por los elementos que en el documento pueden distinguirse.<\/p>\n\n\n\n<p>De manera resumida se puede se\u00f1alar que este escrito da cuenta de lo relatado en el \u00faltimo apartado del mencionado t\u00edtulo de fundaci\u00f3n de la villa, impreso por el Dr. Herrera Moreno, pero adem\u00e1s presenta dos firmas, una que dice, Marques de Guadalcazar, es decir, Don Diego Fern\u00e1ndez de Cordova, Virrey de la Nueva Espa\u00f1a para el siglo XVII y otra, que corresponde a uno de los escribanos oficiales de la \u00e9poca, Mart\u00edn L\u00f3pez de Gauna. Ambas firmas fueron comparadas con documentos digitales, en l\u00ednea; el primero, del repositorio del ITESM y, el otro, con un manuscrito de la Biblioteca Nacional de Espa\u00f1a. Asimismo, un elemento m\u00e1s que acompa\u00f1a a este documento (y que deja constancia de ser el documento m\u00e1s antiguo del archivo, con estas caracter\u00edsticas, del cual hasta el momento se tenga conocimiento) es una leyenda en la parte posterior en donde se se\u00f1ala lo siguiente \u201cLicencia para la fundaci\u00f3n de la nueva villa de Cordova\u201d<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Mar\u00eda Luisa Martell ContrerasMtra. en Antropolog\u00eda SocioculturalCronista Municipal de C\u00f3rdoba En el archivo hist\u00f3rico municipal se albergan 3 documentos sobre la Fundaci\u00f3n de C\u00f3rdoba. Dos de estos documentos no cuentan con firmas al calce. 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