26 de abril de 1618: entre la crónica narrativa de Rodríguez y Valero y, el documento testimonial ubicado en el archivo histórico de Córdoba

25 de abril de 2025 - 12:00 a. m.
26 de abril de 1618: entre la crónica narrativa de Rodríguez y Valero y, el documento testimonial ubicado en el archivo histórico de Córdoba

María Luisa Martell Contreras

Mtra. en Antropología Sociocultural

Cronista Municipal

A 407 años de la fundación de la Villa de Córdoba, uno de los referentes iniciales que da cuenta del proceso fundacional y desarrollo preliminar de este establecimiento sigue siendo, José Antonio Rodríguez y Valero autor de la “Cartilla Histórica y Sagrada, descripción de la Villa de Cordova y Gobierno de su Santa Iglesia Parrochial”; obra impresa en 1759 por la entonces Bibliotheca Mexicana, creada por el padre Juan José de Eguiara y Eguren.

En las páginas número dos y tres de la obra de Valero, correspondiente al (cito) “Paragrapho I. Del motivo que tuvo para la Fundacion de la Villa de Cordova; y noticia de sus treinta pobladores”, el autor señala las motivaciones para establecer esta fundación poniendo énfasis en los ataques de las “tropas de negros cimarrones”, que vulneraban a los viajeros que transitaban en el camino hacia el altiplano, a la vez que destaca las condiciones benévolas tanto de clima como de recursos naturales, del lugar (y sus alrededores) en el que se pretendía fundar la Villa, para la seguridad de los transeúntes.

Posterior a la autorización del Virrey Diego Fernández de Cordova para fundar la villa, Rodríguez y Valero señala en su escrito a los treinta fundadores que se requirieron, para crear este establecimiento, acorde a lo señalado en las Ordenanzas reales de 1573. De estos treinta fundadores, de los cuales se sabe en un inicio no se juntaron en su totalidad, fueron solamente diecisiete (mencionados también por el autor) quiénes participan en la constitución del primer cabildo el 26 de abril de 1618, en la ceremonia celebrada en Amatlán.

Siguiendo la lectura de Rodríguez y Valero, en “el antiguo Pueblo de Amatlán de los Reyes” reconocido por la villa de Cordova “por su gloriosa cuna”, al ser el lugar en donde se dan las primeras disposiciones de su proceso fundacional conforme a las prácticas administrativas del momento; los fundadores y el juez comisario Francisco Soto Calderón, alcalde mayor del pueblo de San Antonio Huatusco, posteriormente a la celebración de una misa cantada que (cito) “solemnizaron en aquella Iglesia, con la pompa más plausible, que pudieron; proceden al nombramiento de los cuatro primeros regidores.

Al respecto y, como parte de las investigaciones que he realizado en documentos digitalizados de nuestro acervo histórico, cabe señalar que se localizó el documento (que incluye la firma de algunos de los fundadores) en dónde se relata la constitución de este primer cabildo; en el Vol. 7 año 1619, del que también llevé a cabo la transcripción paleográfica (del castellano antiguo al español actual) para su comprensión y divulgación.

En ese sentido, el referido documento advierte otros datos que si bien, no son señalados por Rodríguez y Valero; complementan la narración contenida en su Cartilla Histórica. El primer aspecto a destacar es el relativo a la votación (“común sufragio” como menciona Valero) en términos de que en el documento hallado, se establece (cito) el nombrar y elegir regidores y alcaldes y demás oficiales con el formal dicho título por el tiempo que resta de este año y hasta el primero de enero de seiscientos y diez y nueve que se hagan nuevas elecciones…”, lo cual significaría que el primer cabildo constituido, de acuerdo a este señalamiento, estaría en función ocho meses hasta la próxima elección.

De igual manera, los aspectos religiosos que formaron para de este acto solemne, son descritos en el documento histórico cuando se menciona, previo al proceso de votación (cito)para el dicho efecto mandó se congregasen en la iglesia de dicho pueblo como lo hicieron y oyeron una misa del espíritu santo como se acostumbra en semejantes elecciones y dicha la misa se fueron al lugar señalado para hacer el dicho cabildo y el dicho juez mandó a sentar en unos asientos que estaban puestos para este efecto a los fundadores…” Es necesario destacar que, al menos en este documento, no se menciona ninguna choza acondicionada como sala capitular, ni asientos de piedra y madera; como se ha referido en algunas menciones.

Una vez realizado el proceso de votación, tanto para los cuatro regidores como para los alcaldes y ordinarios, se menciona lo siguiente (cito) “…y visto por el dicho juez y Alcalde mayores le parecieron personas decanas capaces y suficientes para los dichos oficios y por tales los aprobaron en nombre de su majestad y en las varas de justicia en las cruces pusieron sus manos derechas y juraron a Dios y a la cruz en forma de Dios de que usarían bien y rectamente sus oficios y harían justicia a las partes y dijeron lo cumplirían y se les entregaron las bases de la justicia”

Otro dato más que se puede encontrar en la relatoría de este documento tiene que ver con la designación de un escribano, al respecto, esto es lo que se describe (cito)el dicho juez propuso al dicho cabildo la elección de un escribano…y fueron votando los dichos regidores alcaldes y fundadores y por más votos salió electo por escribano Joan de Miranda…”

El documento finaliza con la rúbrica del alcalde mayor Francisco de Soto Calderón, Francisco de Salcedo, siete de los fundadores que estuvieron presentes; así como del escribano Joan Peinado, nombrado para referir tal evento.

Compartir en:
Ayuda Atención ciudadana
en línea