La Constitución política de 1857 y de 1917

5 de febrero de 2025 - 12:00 a. m.
La Constitución política de 1857 y de 1917

María Luisa Martell Contreras

Mtra. En Antropología Sociocultural

Cronista Municipal

 

La importancia de una constitución política radica en ser un instrumento legal que establece y regula los aspectos más elementales que rigen a la sociedad, en términos de convivencia, derechos humanos, garantías individuales, formas de Estado y de gobierno, sus atribuciones, etc. De igual manera, establece la base del sistema jurídico y reglamenta las relaciones entre las y los ciudadanos y, las instituciones. En el caso de nuestro país, cada 5 de febrero conmemoramos la promulgación de las dos constituciones políticas que nos han regulado como sociedad: la de 1857 y la de 1917.

La Constitución de 1857 fue resultado del trabajo en conjunto del Congreso constituyente  de la época (1856-1857), quiénes eligieron como redactor principal de este proyecto al presidente del mismo, Ponciano Arriaga. Esta nueva generación de diputados, muchos de ellos liberales puros, conocida como la “Generación del 57”, partieron de la idea de cortar de raíz cualquier indicio o elemento asociado al viejo régimen colonial; de tal forma que, elaboraron este instrumento normativo integrado por ocho títulos y ciento veinte artículos, que tenían como propósito garantizar los derechos del hombre y la soberanía nacional.

Acorde a este proyecto se dividieron los poderes de la nación en: Ejecutivo, Legislativo y Judicial, depositando el Legislativo en el Congreso de la Unión (Cámara de Diputados) y, el Poder Judicial quedó integrado por tres departamentos: Suprema Corte de Justicia y los tribunales de circuito y de distrito. Asimismo, se suprimieron las alcabalas, que eran una renta real que se cobraba sobre el valor de todas las cosas (muebles, inmuebles e incluso, ganado y esclavos) y, las aduanas interiores (puntos de control comercial establecidos al interior del territorio, en lugares estratégicos).

La Constitución de 1857 marcó una nueva época en cuanto a los derechos de las y los ciudadanos puesto que se instituyó el derecho de la propiedad, la libertad de enseñanza, pensamiento, asociación, imprenta, trabajo y comercio. De igual manera, a través de este documento se estableció la abolición de la esclavitud, la libertad de expresión y, se abrió la posibilidad para la libertad de culto.

Transcurridos sesenta años, el 5 de febrero de 1917, el entonces presidente de la República Venustiano Carranza, promulga la Constitución de 1917 que es, la que aún nos rige. Esta constitución tenía como propósito pacificar al país y poner fin a la lucha armada revolucionaria. Fue considerada como vanguardista y un ejemplo a nivel internacional, dado que fue la primera que incorporó los derechos sociales en su conformación.

Esta Carta Magna, nombre con el cual también se le reconoce, estaba integrada por nueve títulos dentro de los cuales destacan los siguientes artículos: 3 en materia de educación, 27 sobre reforma agraria, 28 que prohíbe los monopolios, 123 que establece los derechos laborales y, 130 que regula las relaciones entre el Estado y la Iglesia. De igual forma, esta constitución estableció un sistema federal, la separación de poderes y la no reelección.

Tanto la constitución de 1857 como la de 1917, representan un gran paso en cuestión de garantías sociales y el fortalecimiento de las instituciones en México y, aunque nuestra constitución sigue teniendo en la actualidad reformas, acorde a los cambios que vamos experimentando como sociedad; es el documento que nos brinda el marco legal para visibilizar, reconocer y proteger muchos de los derechos con los que contamos en el presente.

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